Tambien estamos con el Ampa de Joan Batlle de Blanes , buscando formulas para colaborar con ellos en todo lo posible y proporcionarles recursos para que lo puedan invertir en la formación de los alumnos.
Archivos Mensuales: diciembre 2012
Colaboracion con la AMPA ESCOLA IGNASI IGLESIAS de Tordera
NUESTRA NUEVA WEB
Os presentamos nuestra nueva web esperamos os guste , en ella encontrareis todas nuestras soluciones , ayudas , noticias y la oficina virtual que te ayudara a gestionar tus pólizas con nosotros.
http://www.caralticonesa.com
DISfrutarla ….
COMO CAMBIAR DE COMPAÑIA DE SEGUROS DE SALUD
El mercado blando actual provoca que el usuario tenga la opciòn en todas sus pólizas de seguro de poder renovar las actuales o bien cambiar a una compañia y póliza nueva.En la mayoria de los casos encontrara cambiando de compañia unas primas más competitivas y coberturas iguales o superiores a las anteriores.En principio es una practica que beneficia al usuario de seguros , pero hay ciertos seguros que se debe proceder con mucha atencion
con los seguros de salud.
Cuando cambiamos de compañia de salud , la practica habitual serà rellenar un cuestionario médico y presentar a la nueva compañia los ultimos recibos y las condiciones particulares antiguas.
Pero lo más importante es conocer como la nueva compañia gestionará
LAS CARENCIAS y LAS PREEXISTENCIAS
las primeras hacen referencia al tiempo que debemos esperar para utilizar ciertos servicios o prestaciones del seguro , y las preexistencias son las patologias que hemos sufrido en la anterioridad a contratar la poliza.
La mayoria de compañias cuando el asegurado proviene de otra entidad aseguradora , reduce las carencias a parto ,y alguna más… pero las preexistencias con mucha dificultad quedan reducidas.
Las patologias que no nos van a cubrir si no se informa de manera explicita en el contrato seran :
PROCESOS ONCOLOGICOS , ENFERMEDADES CARDIOVASCULARES , IMPANTES ,DIABETES y otras enfermedades cronicas.En estos casos aconsejamos mantenerse en la compañia actual , ya que desaparece la coberturade todo lo relacionado con la patologia.
Mucho cuidado con aceptar una nueva oferta si no tenemos por escrito estos dos conceptos muy claros CARENCIAS Y PREEXISTENCIAS , y sobre todo dejese aconsejar por su CORREDOR DE SEGUROS.
APORTACION DE COJEBRO A LOS BANCOS DE ALIMENTOS
Como ya viene siendo habitual , este año también ,COJEBRO Asociación de Corredores , va a colaborar con los Bancos de Alimentos en las diferentes provincias donde opere un socio de Cojebro.
Correduria Caralt i Conesa como miembro de Cojebro espera ayudar con estas acciones y sensibilizar a la sociedad .
Los Bancos de Alimentos tiene como misión prioritaria la lucha contra el despilfarro y aprovechan los productos que son exclusivos de la compleja cadena de comercialización , por fecha de caducidad , y que son distribuidos , de esta forma , con caracter inmediato.
.Banco de Alimentos de Alicante
.Banco de Alimentos de Aragon
.Banc dels Aliments de Barcelona
.Banco de Alimentos de Burgos
.Banc dels Aliments de Girona
.Banc dels Aliments de Lleida
.Banco de Alimentos de La Rioja
.Banco de Alimentos de Madrid
.Banco de Alimentos de Murcia
.Banco de Alimentos de Navarra
.Banco de Alimentos de Mallorca
.Banco de Alimentos de San Sebastian
.Banco de Alimentos de Santander
.Banc dels Aliments de Reus
.Banco de Alimentos de Valencia
COMO ANULAR UNA POLIZA DE SEGUROS
– LLamamos a la compañia y le informamos que no queremos renovar?
-Devolvemos el recibo bancario?
-Contratamos una póliza nueva y nos olvidamos de la anterior?
ERROR , NINGUNA DE LAS TRES ES CORRECTAS…
Los contratos de seguros estan regulados por la Ley 50/1980 del Contrato de seguros , en ella se diferencian las polizas temporales y los contratos que se prorrogan automaticamente , estos ultimos son los más generalizados .Y son los que la mayoria de usuarios poseemos como particulares , ello significa que si ninguna de las partes ASEGURADO y ASEGURADOR indican lo contrario , el contrato se renovarà automaticamente.
En este aspecto la ley es muy clara , el unico requisito para anular una póliza renovable es AVISAR a la otra parte de forma fehaciente con una antelacion de dos meses anteriores al vencimiento de la póliza.
Las compañias para anular las polizas a sus a segurados , siempre cumplen este requisito , pero desafortunadamente los asegurados no , y esto les puede acarrear dificultades.
El articulo 15 de la misma ley hace referencia a ello , y nos indica que si el asegurado no ha informado en PLAZO Y FORMA el asegurador podra reclamar la prima incluso judicialmente.
En la practica , las aseguradoras no estan reclamando las renovaciones pagadas , cuando la cuantia de la prima anual no es elevada y con tomadores que sean personas físicas , pero cuando hablamos de personas juridicas y primas relevantes , las compañias destinan recursos juridicos para el cobro de la misma.
Por tanto recomendamos tengan en cuenta este aspecto , y unos meses antes del vencimiento estudien la renovación o no de sus pólizas , se dejen asesorar por su corredor de seguros y tomen la decisión que más les convenga , pero sin correr riesgos innecesarios